- El Decreto-Ley 14/2022 convalidado este jueves 25 en el Congreso de los Diputados recogió los acuerdos alcanzados el pasado mes de Julio entre el Ministerio de Transportes y las asociaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, y que incluía la nueva línea de ayudas directas para el sector del transporte y la nueva Ley de Cadena del Transporte, que recoge la histórica reivindicación de Fenadismer de prohibir la contratación a pérdidas en el sector del transporte así como la generalización de la contratación por escrito en el transporte de mercancías.
- En la tramitación del proyecto de ley de convalidación del Decreto-Ley, Fenadismer instará que se introduzcan mejoras en la nueva regulación de la contratación por debajo de costes para se aplique también a los contratos de transporte continuados.
FENADISMER ha valorado muy positivamente la convalidación acordada este jueves 25 de Agosto en el Congreso de los Diputados del Real Decreto-Ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el sector del transporte, fruto de los acuerdos alcanzados el pasado mes de Julio entre el Ministerio de Transportes y las organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, el cual incluye la nueva línea de ayudas directas dirigida a transportistas y taxistas similar a la establecida finales del pasado mes de Marzo así como la denominada Ley de Cadena del Transporte, que incluye medidas estructurales y de reequilibrio de las relaciones comerciales entre los transportistas y sus clientes, entre otras, la generalización de la contratación por escrito y la prohibición de contratación a pérdidas en el sector del transporte de mercancías por carretera, emulando los principios de la ley de Cadena Alimentaria del sector agrario.
Esta última medida es pionera en todo el ámbito de la Unión Europea, ya que ningún otro Estado miembro tiene una regulación similar en el sector del transporte por carretera dirigida a proteger al último eslabón de la cadena de transporte, esto es, al transportista efectivo. En todo caso debe quedar claro que no se trata de imponer unas tarifas obligatorias por la prestación de servicios de transporte, ya que eso vulneraría la legislación nacional como europea en materia de libre competencia, sino lo que viene a determinar es la prohibición de que se impongan unos precios por la realización de un servicio de transportes que no permitan cubrir los costes de explotación de dicho servicio.
Dado que el acuerdo de convalidación del Decreto-Ley incluye su conversión en proyecto de ley posibilitará introducir enmiendas durante su tramitación parlamentaria, aunque el contenido del Decreto-Ley es de plena aplicación desde su aprobación. Por ello, FENADISMER instará la mejora de la regulación en lo relativo a la contratación por debajo de costes, para que incluya tanto a los servicios de transporte individuales como a los transportes continuados, que han quedado excluidos del régimen sancionador en caso de incumplimiento. Hay que tener en cuenta que su carácter innovador obligará en el futuro a ir mejorándola en base a su aplicación práctica, como así ocurrió con la Ley de Cadena Alimentaria en el sector agrario que desde su aprobación en 2013 hasta la actualidad ha sido objeto de al menos cuatro modificaciones legales posteriores.
Fuente: www.fenadismer.es